Licencia de Apertura

Descripción

Con carácter previo al inicio de las actividades sujetas a licencia ambiental deberá obtenerse de la Administración competente la autorización de puesta en marcha correspondiente.

Proceso de tramitación

  • El titular de la actividad acompañará a la comunicación la documentación que garantice que la instalación se ajusta al proyecto aprobado, así como a las medidas correctoras adicionales impuestas, en su caso, en la licencia ambiental.
  • En todo caso, el titular de la instalación deberá acompañar a la comunicación la documentación detallada en el siguiente apartado.
  • La ausencia de algún documento necesario para la resolución de la licencia determinará que se requiera al interesado para que subsane en el plazo de 10 días, no iniciándose la tramitación del procedimiento hasta que los mismos no sean aportados debidamente. Transcurrido el plazo sin que haya subsanación se le tendrá por desistido de su petición.

Documentación a aportar

  • Certificación del técnico director de la ejecución del proyecto sobre la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto objeto de la autorización o la licencia.
  • Certificación emitida por un organismo de control ambiental acreditado, relativa al cumplimiento de los requisitos exigibles, siempre que técnicamente sea posible. En el caso de que dicha certificación, por razones técnicamente fundadas, no pueda ser emitida para la totalidad de las instalaciones con anterioridad al inicio de la actividad, el titular de la actividad deberá aportarla en el plazo menor posible considerando los condicionantes técnicos.
  • Acreditación de las demás determinaciones administrativas contenidas en la autorización o la licencia.

Normativa

Estatal:

  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Autonómica:

  • Ley de Urbanismo de Castilla y León de 5/1999 de 8 de abril en la redacción de la Ley 4/2008 de 15 de septiembre de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.
  • Reglamento urbanístico de Castilla y León (Decreto de 22/2004 de 29 de enero) en la redacción dada por el Decreto 45/2009 de 9 de julio.
  • Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, modificada por la Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de Servicios de Castilla y León

Lugar de presentación

Registro General del Ayuntamiento

Documentos